Comunicaciones Torrent, S.L. sancionada con 4.000 euros por vulnerar la seguridad de datos personales

Resolución REPOSICION-PS-00195-2018
Firmado 2018-09-04T00:00:00Z
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La entidad Comunicaciones Torrent, S.L. fue sancionada con una multa de 4.000 euros por una infracción grave relacionada con la protección de datos personales. La sanción se basó en la vulneración del artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece la obligación de adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de los datos personales.

La denuncia inicial se originó a partir de una investigación policial sobre cargos fraudulentos en tarjetas de crédito realizados por la entidad Gratorama, gestora de dichos cargos. La investigación reveló que la dirección IP involucrada en los cargos fraudulentos estaba gestionada por Comunicaciones Torrent. Sin embargo, cuando se solicitó información sobre la titularidad de la IP y las medidas de protección de datos, la entidad alegó la pérdida de documentación debido a una mudanza y un cambio tecnológico.

La resolución sancionadora se dictó tras un procedimiento en el que se acreditó que Comunicaciones Torrent no había adoptado las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales, como la identificación de usuarios y la creación de copias de seguridad. La entidad presentó un recurso de reposición argumentando que la sanción debería ser sustituida por un apercibimiento o una multa en grado mínimo, pero este recurso fue desestimado.

La decisión de mantener la sanción se fundamentó en que la entidad, por su actividad, tenía la obligación de asegurar la protección de los datos personales y no había demostrado la adopción de medidas adecuadas para prevenir la pérdida o destrucción de la información. Además, se consideró que la infracción era grave debido a la relevancia de los bienes jurídicos protegidos y la profesionalidad de la entidad en el mercado de datos.