Ayuntamiento de Istán sancionado por uso indebido de videovigilancia: La AEPD subraya la necesidad de protocolos claros para proteger datos personales.

Resolución REPOSICION-PS-00145-2020
Firmado 2021-03-23T00:00:00Z
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El Ayuntamiento de Istán fue sancionado con un apercibimiento por una infracción del artículo 5.1.a) del RGPD. El Alcalde del municipio solicitó y revisó grabaciones de videovigilancia para verificar la actividad de un empleado, lo que se consideró una vulneración de la protección de datos. El Ayuntamiento recurrió la sanción, argumentando que la responsabilidad debía recaer únicamente en el Alcalde, pero la resolución desestimó el recurso. Se concluyó que el Ayuntamiento, como responsable del tratamiento de datos, debe establecer protocolos claros para el uso de sistemas de videovigilancia y garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos.