| Resolución | REPOSICION-PS-00130-2024 |
| Firmado | 2024-09-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La resolución desestima el recurso de reposición interpuesto por A.A.A. contra una sanción de 10.000 euros por la difusión de fotos de una paciente sin su consentimiento en redes sociales. La sanción se impuso por infracciones del artículo 6.1 y 9 del RGPD. A.A.A. publicó imágenes del antes y después de una operación en Facebook e Instagram para promocionar su clínica de cirugía plástica, sin contar con el consentimiento de la paciente. La sanción se justifica por la falta de legitimación para el tratamiento de datos personales y la negligencia en la protección de los derechos de la paciente. A.A.A. argumentó que actuó como encargado de tratamiento y que el consentimiento fue proporcionado por la doctora responsable, pero estos argumentos fueron desestimados.