| Resolución | REPOSICION-PS-00122-2023 |
| Firmado | 2024-04-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Instituto Oftalmológico de ***LOCALIDAD.1 B.B.B., S.L. fue sancionado con una multa de 7.000 euros por la publicación de datos personales de un reclamante, incluyendo su nombre, DNI, número de teléfono, datos de salud y detalles de infracciones cometidas. La entidad publicó esta información en respuesta a una reseña en Google. La sanción se basa en la infracción del artículo 5.1.f del RGPD, que exige la protección adecuada de los datos personales, y del artículo 32 del RGPD, que regula las medidas de seguridad en el tratamiento de datos. La entidad alegó que no posee una página web propia y que no tiene relación directa con pacientes, pero las pruebas presentadas demostraron lo contrario. La resolución desestimó el recurso de reposición, confirmando la sanción y ordenando el cese inmediato de la publicación de los datos.