Pediatra sancionado con 6.000 euros por enviar datos personales de pacientes por WhatsApp sin consentimiento

Resolución REPOSICION-PS-00094-2018
Firmado 2018-10-30T00:00:00Z
Enlace 📋

El procedimiento sancionador PS/00094/2018 se originó debido a la denuncia de que un pediatra, Don B.B.B., había enviado por WhatsApp datos personales de sus pacientes a un tercero no autorizado. Los datos incluían fotografías de pacientes, nombres, apellidos y números de teléfono de la agenda del médico. Estos hechos se consideraron una vulneración del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado.

El denunciante alegó que no había obtenido el consentimiento de los pacientes para enviar sus datos y que las imágenes y datos enviados estaban relacionados con su actividad profesional. Además, se argumentó que la denunciante había difundido los mensajes mediante su protocolización notarial y su aportación a procedimientos judiciales y administrativos, lo que no exime al denunciante de su responsabilidad.

La resolución impuso una sanción de 6.000 euros por la infracción grave tipificada en el artículo 44.3.b) de la LOPD. La sanción se justificó por la vulneración del deber de secreto y la falta de consentimiento para el tratamiento de datos personales, especialmente en el caso de menores de edad. Se consideró que el tratamiento de datos sin consentimiento constituye un límite al derecho fundamental a la protección de datos.

El recurrente, Don A.A.A., representante legal de Don B.B.B., presentó un recurso de reposición alegando falta de tipicidad de la infracción, vulneración de derechos fundamentales y la inadmisión de pruebas. Sin embargo, el recurso fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución impugnada. Se concluyó que el denunciante había actuado de manera negligente al tratar datos personales sin el consentimiento necesario, lo que justificaba la sanción impuesta.