AEPD sanciona a Instituciones Penitenciarias por solicitar información médica innecesaria para ausencias breves

Resolución REPOSICION-PS-00088-2020
Firmado 2021-03-25T00:00:00Z
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Un funcionario de instituciones penitenciarias denunció que su centro de trabajo exigía información médica detallada para justificar ausencias de hasta tres días por enfermedad, a pesar de no haber baja médica. El funcionario alegó que no existía obligación legal de proporcionar diagnóstico o tratamiento en estos casos. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias argumentó que esta información era necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones legales y la gestión del personal. Sin embargo, la resolución desestimó el recurso, confirmando que no es necesario exigir diagnóstico o tratamiento en justificantes médicos para ausencias de hasta tres días. La sanción impuesta fue un apercibimiento, debido a la infracción del artículo 5.1.c) del RGPD, que establece que los datos deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario.