| Resolución | REPOSICION-PS-00071-2022 |
| Firmado | 2022-09-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. fue sancionado con una multa de 300 euros por la instalación de un sistema de videovigilancia que captaba imágenes fuera de su propiedad, vulnerando el artículo 5.1.c del RGPD. La denuncia fue presentada por un vecino que alegaba que las cámaras grababan su jardín y la calle vecinal, afectando su intimidad. A.A.A. argumentó que las cámaras eran perimétricas y que algunas eran ficticias, pero no pudo acreditar que no captaban imágenes fuera de su propiedad. La resolución desestimó el recurso de reposición, manteniendo la sanción debido a la falta de pruebas que respaldaran las alegaciones del recurrente.