AEPD anula sanción a Prédase Servicios Integrales por falta de pruebas sobre infracción del RGPD

Resolución REPOSICION-PS-00062-2020
Firmado 2021-04-06T00:00:00Z
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Prédase Servicios Integrales S.L. fue sancionada con 5.000 euros por no cumplir con el artículo 13 del RGPD, que obliga a proporcionar información clara y accesible sobre el tratamiento de datos personales. La empresa carecía de una política de privacidad en su página web y no informaba adecuadamente a los usuarios sobre cómo se manejaban sus datos. La sanción se consideró muy grave debido a la intencionalidad y el carácter continuado de la infracción, ya que la empresa ofrece servicios de asesoramiento en protección de datos.

La empresa recurrió la sanción alegando que el formulario de contacto no estaba operativo y que proporcionaba un correo electrónico como alternativa, donde se incluía una cláusula de protección de datos. Argumentó que la sanción era desproporcionada y que se habían valorado incorrectamente las circunstancias atenuantes, como la inoperatividad de la web para evitar más infracciones y la falta de datos sensibles.

Finalmente, se estimó el recurso y se dejó sin efecto la sanción. La decisión se basó en la presunción de inocencia y en la falta de pruebas concluyentes sobre la operatividad del formulario y la efectividad de la información proporcionada a través del correo electrónico.