AEPD confirma sanción de 50.000 euros a ONEY por incluir datos inexactos en ficheros de morosidad tras procedimiento judicial.

Resolución REPOSICION-PS-00053-2023
Firmado 2024-01-24T00:00:00Z
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La resolución desestima el recurso de reposición presentado por ONEY SERVICIOS FINANCIEROS EFC, S.A. contra una sanción de 50.000 euros por infracción del artículo 5.1.d) del RGPD. La reclamación se basa en la inclusión de datos personales en ficheros de morosidad tras un procedimiento judicial que declaró abusivas ciertas comisiones, afectando la exactitud de la deuda. La empresa cedió el crédito a Cabot sin recalcular la deuda, lo que llevó a la inclusión incorrecta de los datos en el fichero ASNEF. La sanción se justifica por la gravedad de la infracción, la falta de diligencia y el impacto negativo en los derechos del reclamante. La resolución confirma la sanción y ordena a la empresa adoptar medidas para evitar futuras incidencias.