| Resolución | REPOSICION-PS-00025-2019 |
| Firmado | 2020-12-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
EDP Comercializadora, S.A.U. fue sancionada con una multa de 75.000 euros y se le ordenó adecuar sus protocolos de contratación telemática a las disposiciones del RGPD. La sanción se debe a que EDP trató datos personales de un individuo sin la debida legitimación, vulnerando el artículo 6.1 del RGPD. La empresa alegó que los datos fueron proporcionados por una representante del afectado, pero no pudo acreditar la existencia de dicho mandato representativo ni desplegó la diligencia necesaria para verificar la autenticidad de la representación. La decisión subraya la importancia de que las empresas verifiquen adecuadamente la identidad y representación de las personas que facilitan datos personales en procesos de contratación.