AEPD confirma archivo de expediente sobre gestión de datos en seguro de vida: No se inicia procedimiento sancionador tras resolver incidencia

Resolución REPOSICION-E-09349-2018
Firmado 2019-03-04T00:00:00Z
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En el procedimiento X/XXXXX/2018, se analizó un recurso de reposición presentado por A.A.A. contra una resolución que archivó un expediente de actuaciones previas de inspección. La denuncia original se centraba en la gestión de datos personales relacionados con un contrato de seguro de vida. El recurrente alegaba que su hija había sido incluida en un seguro sin su consentimiento y que sus datos personales seguían siendo tratados indebidamente.

La resolución inicial determinó que no había suficientes elementos para iniciar un procedimiento sancionador, basándose en la cooperación de la entidad responsable y la resolución de la incidencia planteada. Se argumentó que el procedimiento sancionador debe ser excepcional y que, en este caso, se había optado por mecanismos alternativos para resolver la cuestión.

El recurrente presentó un recurso de reposición reiterando sus alegaciones anteriores, pero no aportó nuevos argumentos jurídicos que pudieran modificar la decisión inicial. La resolución del recurso de reposición desestimó el recurso, confirmando que no existían elementos suficientes para iniciar un procedimiento sancionador. Se destacó que la tramitación de la reclamación había resuelto la cuestión planteada sin necesidad de depurar responsabilidades administrativas.

La decisión se fundamentó en el principio de que el procedimiento sancionador debe ser una medida excepcional y que, en este caso, se había optado por resolver la incidencia mediante mecanismos alternativos, conforme a la normativa vigente. Por tanto, se desestimó el recurso de reposición, confirmando el archivo del expediente de actuaciones previas.