AEPD desestima recurso de magistrados y confirma archivo de inspección sobre filtración de datos personales

Resolución REPOSICION-E-06941-2018
Firmado 2019-07-12T00:00:00Z
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El recurso de reposición interpuesto por Don A.A.A., abogado en representación de 15 magistrados destinados en órganos judiciales de Cataluña, se centra en la resolución que archivó las actuaciones previas de inspección E/06941/2018. La denuncia original se presentó contra el Ministerio del Interior y el Diario La Razón por la publicación de datos personales y fotografías de los magistrados, presuntamente obtenidas de los ficheros del Ministerio.

El recurrente argumenta que la investigación solo se centró en la posible vulneración del artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos, que trata sobre la seguridad de los datos, y no en otros aspectos denunciados, como la falta de consentimiento para el tratamiento de datos ideológicos o el posible tratamiento excesivo de datos.

La resolución recurrida concluyó que las medidas de seguridad implementadas por la Dirección General de la Policía eran adecuadas y cumplían con la normativa vigente. Se verificó que existían procedimientos de control de acceso, registro de incidencias, copias de seguridad y auditorías internas y externas que garantizaban la protección de los datos.

El recurrente solicita que se reabra la investigación para abordar los otros aspectos denunciados. Sin embargo, la resolución desestima el recurso, argumentando que la investigación se centró en el deber de custodia y seguridad de los datos, conforme a la Sentencia de la Audiencia Nacional. Además, se señala que la libertad de expresión y el derecho a la información, protegidos por la Constitución Española, tienen un valor preferente cuando se trata de informaciones de relevancia pública, lo que limita la capacidad de la entidad para realizar ponderaciones adicionales sobre la proporcionalidad de la información publicada.

Finalmente, se desestima el recurso de reposición y se notifica la resolución a Don A.A.A., indicando que contra esta decisión se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.