| Resolución | REPOSICION-E-05836-2017 |
| Firmado | 2018-04-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento E/05836/2017, A.A.A. presentó una denuncia contra SIERRA CAPITAL MANAGEMENT 2012, S.L. por la inclusión de sus datos en los ficheros de solvencia patrimonial ASNEF y BADEXCUG. La denuncia se basaba en que la deuda alegada no era cierta, vencida ni exigible, y que VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., quien supuestamente había vendido la deuda a SIERRA CAPITAL, no podía aportar el contrato que justificara la existencia de dicha deuda.
A.A.A. argumentó que nunca existió un contrato con VODAFONE y que, por lo tanto, la deuda no era legítima. Además, se mencionó una resolución de la SETSI que reconocía el derecho del reclamante a obtener la baja inmediata en el servicio no solicitado y a no abonar las facturas emitidas por VODAFONE.
SIERRA CAPITAL, por su parte, afirmó haber actuado diligentemente al comunicar la cesión de crédito y requerir el pago de la deuda. La entidad presentó pruebas de que la notificación de cesión de crédito y requerimiento de pago fue entregada al distribuidor postal y no fue devuelta. Además, tras conocer la reclamación presentada por A.A.A. ante la SETSI, procedió a la baja de sus datos en los ficheros de solvencia.
La resolución desestimó el recurso de reposición interpuesto por A.A.A., argumentando que SIERRA CAPITAL había cumplido con los requisitos legales para la inclusión de datos en ficheros de solvencia patrimonial. Se destacó que la entidad había realizado el requerimiento previo de pago y que, tras conocer la reclamación, procedió a la baja de los datos del denunciante en los ficheros.
La decisión se fundamentó en la necesidad de que los datos registrados en ficheros de solvencia patrimonial sean ciertos, vencidos y exigibles, y en la obligación de realizar un requerimiento previo de pago. En este caso, se consideró que SIERRA CAPITAL había cumplido con estas obligaciones, por lo que no se impuso ninguna sanción.