| Resolución | REPOSICION-E-04964-2017 |
| Firmado | 2018-02-19T00:00:00Z |
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En el recurso de reposición E/04964/2017, Don A.A.A. denunció inconsistencias en la resolución de archivo de un expediente de inspección relacionado con una encuesta realizada por el Ayuntamiento de Valencia. La denuncia se centró en dos hojas de control diferentes utilizadas en la encuesta, una en la página web del Ayuntamiento y otra proporcionada por el propio Ayuntamiento tras un requerimiento. Además, se señalaron divergencias en el texto de la información facilitada a los encuestados y la falta de sanción al Ayuntamiento, a pesar de que en una denuncia similar se había sancionado por tratamiento de datos sensibles.
El recurrente argumentó que, al igual que en la denuncia anterior, el Ayuntamiento debería haber sido sancionado por no incluir en el contrato de prestación de servicios la obligación de informar y solicitar el consentimiento por escrito para la recogida de datos personales referidos a ideología. Sin embargo, en este caso, se determinó que, aunque el contrato no incluía esta obligación, se cumplió con la información y el consentimiento de los encuestados.
La resolución desestimó el recurso de reposición, argumentando que no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran reconsiderar la validez de la resolución impugnada. Se destacó que, a pesar de las pequeñas variaciones en las cláusulas informativas, se informó adecuadamente a los encuestados sobre el tratamiento de sus datos personales y la finalidad del mismo. Por lo tanto, se concluyó que no había base para revocar la resolución de archivo.