| Resolución | REPOSICION-E-02766-2017 |
| Firmado | 2018-03-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento E/02766/2017, se presentó un recurso de reposición por parte de la Dirección General de la Guardia Civil del Puesto de ***LOCALIDAD.1 contra una resolución que archivó un expediente de actuaciones previas de inspección. La denuncia original se centraba en la captación de imágenes de miembros de la Guardia Civil por cámaras de seguridad instaladas en un hotel, tanto en el interior del recinto como en la vía pública.
El recurrente argumentó que las imágenes fueron obtenidas y utilizadas de manera irregular, sin el consentimiento de los afectados y sin informarles adecuadamente sobre sus derechos de acceso, rectificación y cancelación. Además, se mencionó que las cámaras estaban orientadas hacia la vía pública, lo cual es ilegal según la normativa vigente.
La resolución desestimó el recurso, confirmando que las imágenes fueron utilizadas legítimamente en el ejercicio del derecho a la defensa del denunciado, conforme al artículo 24.2 de la Constitución Española. Se destacó que las imágenes no fueron publicadas, sino que se utilizaron como medio de prueba en un procedimiento administrativo.
Se constató que una de las cámaras estaba orientada hacia la vía pública, lo cual es una infracción del artículo 4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Sin embargo, durante la tramitación del procedimiento, la cámara fue reorientada hacia zonas privadas, por lo que no se impuso ninguna sanción. La resolución se basó en la Sentencia de la Audiencia Nacional de 29/11/2013, que establece que si la infracción ha sido corregida, no procede la imposición de medidas correctoras adicionales.
Finalmente, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la resolución inicial y notificando la decisión a la entidad recurrente. La resolución se hizo pública conforme a la normativa vigente, y se indicó que contra esta decisión se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.