AEPD desestima recurso y confirma archivo de expediente: Denunciante mantenía dos cuentas activas en Facebook

Resolución REPOSICION-E-01787-2018
Firmado 2018-11-14T00:00:00Z
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En el procedimiento E/01787/2018, se analizó un recurso de reposición presentado por A.A.A. contra una resolución que archivó un expediente de actuaciones previas de inspección. El denunciante reclamaba que, a pesar de haber eliminado su cuenta en Facebook, terceros seguían recibiendo notificaciones y encontrando información privada sobre él en la red social.

El denunciante alegaba que solo tenía una cuenta en Facebook y que el correo vinculado a dicha cuenta era el-soltero-de-oro@hotmail.com. Sin embargo, las investigaciones revelaron que el denunciante mantenía dos cuentas en Facebook. Una de ellas fue eliminada correctamente, pero la otra, vinculada al correo el-soltero-de-oro@hotmail.com, seguía activa. Facebook confirmó que no había recibido ninguna solicitud de eliminación para la cuenta asociada a este correo.

La resolución original se basó en el principio de presunción de inocencia, ya que no se encontraron pruebas suficientes que demostraran una vulneración de la normativa de protección de datos. El recurso de reposición no aportó nuevos argumentos o documentos que pudieran desvirtuar esta conclusión.

Por tanto, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la resolución inicial que archivó el expediente. La decisión se fundamentó en la falta de pruebas que demostraran la existencia de una infracción administrativa, aplicando el principio de presunción de inocencia.