AEPD desestima recurso contra Endesa: No se vulneró la protección de datos en contrato de suministro eléctrico

Resolución REPOSICION-E-01762-2017
Firmado 2018-03-14T00:00:00Z
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En el procedimiento E/01762/2017, D.D.D. presentó un recurso de reposición contra una resolución que archivó una denuncia por la formalización de un contrato de suministro de energía a su nombre sin su consentimiento. La denuncia se dirigía contra ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U.

D.D.D. alegó que sus datos personales fueron tratados sin su autorización para contratar servicios de suministro eléctrico. Según la investigación, el contrato había estado activo desde 1990 y fue dado de baja en 2016 por impago. ENDESA argumentó que los movimientos de alta y baja en el contrato se debieron a cambios regulatorios y sistemas internos, y que el denunciante no había solicitado el cambio de titularidad ni la baja del suministro.

La resolución desestimó el recurso de reposición, argumentando que ENDESA había actuado con la diligencia razonable necesaria. Se señaló que el denunciante reconoció haber dispuesto del local en el pasado y no pudo precisar si se realizó un cambio de titularidad. Además, no se aportó documentación que acreditara dicho cambio.

Por lo tanto, no se consideró que ENDESA hubiera vulnerado la normativa de protección de datos, ya que no se encontraron elementos probatorios que demostraran una falta de diligencia en la gestión de los datos personales del denunciante. La resolución concluyó que no se había cometido ninguna infracción y, por ende, no se impuso ninguna sanción.