AEPD desestima recurso contra instalación de cámaras en Ayuntamiento por falta de pruebas de vulneración de datos

Resolución REPOSICION-E-01570-2018
Firmado 2018-06-20T00:00:00Z
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En el recurso de reposición E/01570/2018, los recurrentes Dª. A.A.A. y D. C.C.C., concejales del Ayuntamiento de ***LOC.1, denunciaron la instalación de cámaras de videovigilancia en las dependencias municipales sin la debida información ni inscripción del fichero correspondiente. Argumentaron que en marzo de 2018 no había carteles informativos y que el fichero de videovigilancia no estaba inscrito, lo cual vulneraba la normativa de protección de datos.

Los recurrentes presentaron fotografías que mostraban la ausencia de carteles informativos en agosto de 2017 y cuestionaron la legalidad de un edicto publicado por el Alcalde, ya que no había sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento. Además, señalaron que se presentaron dos denuncias distintas el mismo día, una como concejales y otra como ciudadana, aunque fueron tramitadas bajo el mismo expediente.

La resolución desestimó el recurso, argumentando que el Ayuntamiento había proporcionado pruebas suficientes de que los carteles informativos estaban en su lugar al momento de la inspección. Además, se mencionó que la obligación de inscripción de ficheros había sido eliminada con la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Se destacó que el sistema de videovigilancia era proporcional y cumplía con las finalidades de seguridad y control de acceso, sin vulnerar los derechos de los afectados.

Se concluyó que no se habían aportado nuevos hechos o argumentos que justificaran la reconsideración de la resolución inicial, por lo que se desestimó el recurso de reposición.