| Resolución | REPOSICION-E-01164-2019 |
| Firmado | 2019-06-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento E/01164/2019 y el recurso de reposición RR/00329/2019 se centran en una denuncia presentada por A.A.A. contra el Instituto Cántabro de Servicios Sociales (CAD de Santander). La denuncia se basa en una presunta vulneración del artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que se refiere a la licitud del tratamiento de datos personales.
A.A.A. alega que en el centro se exponen listas con nombres de residentes, fotografías con nombres, y libros de actas que reflejan incidentes diarios. Además, los historiales médicos están accesibles sin custodia adecuada, lo que permite que cualquier persona pueda examinarlos. También se menciona que el personal lleva sus nombres y apellidos en el uniforme, y que se manejan cantidades económicas que solo deberían figurar en la nómina.
El Instituto Cántabro de Servicios Sociales argumenta que las fotografías y datos personales se toman con el consentimiento previo de los usuarios o sus representantes legales, mediante una autorización específica. Esta autorización permite a los usuarios decidir si autorizan o no la difusión de imágenes realizadas en actividades del centro.
La resolución desestima el recurso de reposición, argumentando que no se han aportado nuevos hechos o argumentos jurídicos que permitan reconsiderar la validez de la resolución inicial. La decisión se basa en que el centro ha obtenido el consentimiento necesario para el tratamiento de los datos personales, cumpliendo así con la normativa vigente.
La resolución final desestima el recurso de reposición, confirmando que la actuación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales es acorde a derecho. Se notifica esta resolución a A.A.A., quien tiene la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional si así lo desea.