| Resolución | REPOSICION-E-00599-2019 |
| Firmado | 2019-10-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento E/00599/2019, se presentó un recurso de reposición contra una resolución que archivó un expediente de actuaciones previas de inspección. El recurrente, A.A.A., denunció que una cámara de videovigilancia instalada en una vivienda enfocaba la vía pública sin base legal. Argumentó que la cámara podía ser manipulada para cambiar su enfoque y que las fotografías aportadas no demostraban claramente la orientación de la cámara.
El recurrente presentó dos fotografías: una tomada desde debajo de la cámara mostrando su inclinación y otra tomada de lejos de la puerta. Sin embargo, estas imágenes no permitían deducir la fecha en que fueron tomadas ni el enfoque exacto de la cámara.
La resolución original indicó que la cámara estaba instalada en el interior de una vivienda unifamiliar y que su enfoque principal era el entorno privado, no la vía pública. Además, la cámara no grababa imágenes, solo emitía en tiempo real y las imágenes eran vistas únicamente por el responsable. Según la normativa vigente, el tratamiento de imágenes en el ámbito doméstico está excluido del ámbito de aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La resolución desestimó el recurso de reposición, argumentando que las pruebas presentadas no refutaban la conclusión de que la cámara no captaba imágenes de la vía pública de manera desproporcionada o innecesaria. Por lo tanto, no se apreciaba vulneración de la normativa vigente, y se mantuvo el archivo del expediente.