AEPD desestima recurso de reposición y confirma que Vodafone cumplió con el derecho de acceso a datos personales del RGPD

Resolución REPOSICION-E-00172-2019
Firmado 2019-02-21T00:00:00Z
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En el procedimiento E/00172/2019, se resolvió un recurso de reposición presentado por A.A.A. contra una resolución que archivó las actuaciones previas de inspección. El origen del conflicto se remonta a una solicitud de acceso a datos personales realizada por A.A.A. a Vodafone España, S.A.U., específicamente, la copia de una grabación de contratación que había generado una facturación cuestionada.

El reclamante solicitó por correo certificado el 28 de mayo de 2018 que se le proporcionara la grabación, pero Vodafone denegó la solicitud. Esta negativa planteaba una posible vulneración del artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que garantiza el derecho de acceso a los datos personales.

Sin embargo, Vodafone respondió posteriormente con una carta fechada el 17 de diciembre de 2018, adjuntando la grabación solicitada. La resolución inicial archivó el caso al considerar que la solicitud había sido atendida. A.A.A. presentó un recurso de reposición, pero no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración de la resolución.

Por lo tanto, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la validez de la resolución inicial. La decisión se basa en que la empresa había cumplido con la solicitud de acceso a los datos personales, eliminando así la presunta vulneración del RGPD. No se impuso ninguna sanción, ya que el conflicto se resolvió al proporcionar la información solicitada.