| Resolución | REPOSICION-AI-00536-2024 |
| Firmado | 2025-04-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. interpuso un recurso de reposición contra la resolución que archivó su reclamación contra B.B.B. La reclamación se basaba en que B.B.B. había instalado una mirilla digital en su puerta, captando imágenes de zonas comunitarias sin autorización de la comunidad de propietarios. A.A.A. presentó actas de la comunidad y videos que, según ella, demostraban la captación de imágenes.
La resolución de archivo fue recurrida porque A.A.A. argumentó que la mirilla digital sí realizaba grabaciones, a pesar de que el manual indicaba lo contrario. Presentó un video adicional que mostraba inconsistencias en las declaraciones de B.B.B. y sugirió que la mirilla utilizada tenía capacidad de grabación.
La nueva documentación aportada permitió reconsiderar la decisión inicial. Se concluyó que B.B.B. podría haber utilizado una mirilla digital con capacidad de grabación, lo que implicaría un tratamiento ilícito de datos personales. Por ello, se estimó el recurso de reposición y se notificó a B.B.B. sobre el resultado de la reclamación.