AEPD desestima recurso de reposición sobre publicación de vídeo en Telegram al no aportarse nuevos hechos o argumentos

Resolución REPOSICION-AI-00330-2022
Firmado 2024-01-08T00:00:00Z
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Doña A.A.A. interpuso un recurso de reposición contra una resolución que archivó una investigación sobre la publicación de un vídeo en Telegram. La reclamante alegó que el vídeo, supuestamente retirado, seguía disponible bajo un perfil con un nombre ligeramente modificado. Sin embargo, la resolución desestimó el recurso al considerar que la reclamante no aportó nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran reconsiderar la decisión original. La resolución fue notificada a la recurrente, quien puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional si no está conforme.