Recurso de reposición inadmitido por extemporaneidad en expediente de la Agencia Española de Protección de Datos

Resolución REPOSICION-AI-00194-2023
Firmado 2025-07-18T00:00:00Z
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En el expediente EXP202307792, se resolvió un recurso de reposición presentado por A.A.A. contra una resolución dictada el 15 de noviembre de 2024. La resolución original fue notificada a la parte recurrente el 14 de enero de 2025, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado debido a que la notificación postal resultó infructuosa.

La parte recurrente presentó el recurso de reposición el 13 de junio de 2025, alegando disconformidad con la resolución anterior. Sin embargo, según la normativa vigente, el plazo para interponer un recurso de reposición es de un mes desde la notificación del acto administrativo. En este caso, el recurso se presentó fuera de plazo, lo que constituye una causa de inadmisión según el artículo 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

El cómputo del plazo se realizó conforme al artículo 30 de la LPACAP, que establece que si el plazo se fija en meses, se computará a partir del día siguiente a la notificación. Dado que la notificación se realizó el 14 de enero de 2025, el plazo para presentar el recurso de reposición vencía el 14 de febrero de 2025. La presentación del recurso el 13 de junio de 2025 supera este plazo, por lo que se considera extemporáneo.

En consecuencia, la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos resolvió inadmitir el recurso de reposición interpuesto por A.A.A. contra la resolución dictada el 15 de noviembre de 2024. La inadmisión se basa en la extemporaneidad del recurso, es decir, en que se presentó fuera del plazo legal establecido. La resolución se notificó a la parte recurrente, y se le informó sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dentro de los dos meses siguientes a la notificación de esta resolución.