| Resolución | REPOSICION-A-00361-2017 |
| Firmado | 2018-09-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/00361/2017, se denunció la instalación de cámaras de videovigilancia por parte de C.C.C. en A.A.A. (Barcelona), las cuales estaban enfocadas hacia la vía pública y hacia las fincas colindantes, incluyendo la propiedad del denunciante B.B.B. Este último alegó que las cámaras capturaban imágenes desproporcionadas de las fincas vecinas, lo que podría constituir una infracción a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
El denunciante presentó un recurso de reposición contra la resolución que archivó el procedimiento, argumentando que las cámaras estaban activas y no desconectadas como afirmaba el denunciado. B.B.B. solicitó una revisión in situ para verificar la instalación de las cámaras.
Sin embargo, el recurso fue inadmitido por extemporáneo. La resolución original fue notificada el 2 de marzo de 2018, y el recurso se presentó el 10 de septiembre de 2018, superando el plazo legal de un mes establecido para la interposición del recurso de reposición. Según la normativa vigente, el cómputo del plazo debe hacerse de fecha a fecha, por lo que el recurso se consideró fuera de plazo.
Además, se recordó al recurrente la importancia de respetar los derechos fundamentales y evitar la instrumentalización de los organismos de protección de datos para resolver conflictos vecinales, sugiriendo que se ajusten sus relaciones a los parámetros de buena fe o que denuncien los hechos a las autoridades competentes.
Finalmente, se resolvió inadmitir el recurso de reposición interpuesto por B.B.B. y se notificó esta decisión al recurrente. La resolución se hizo pública conforme a la normativa vigente, y se informó sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.