AEPD inadmite recurso y confirma archivo de denuncia por cámara de videovigilancia en vivienda privada

Resolución REPOSICION-A-00357-2017
Firmado 2018-03-21T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00357/2017, Don B.B.B., propietario de la tasca «La Esquina Noa Noa», denunció la instalación de una cámara de videovigilancia en la azotea de una vivienda cercana, propiedad de Doña D.D.D. La cámara, según la denuncia, captaba imágenes desproporcionadas de la vía pública y de la terraza de su establecimiento, lo que constituía una infracción a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

La denuncia se basaba en que la cámara no tenía autorización para grabar las áreas mencionadas y carecía de los correspondientes ficheros de alta. Además, se alegaba que la instalación vulneraba el derecho a la intimidad y a la protección de datos personales, ya que grababa sin el consentimiento de las personas afectadas.

La resolución inicial archivó el procedimiento tras la retirada de la cámara por parte de Doña D.D.D., lo que se consideró suficiente para tutelar los derechos del denunciante. Sin embargo, Don B.B.B. presentó un recurso de reposición argumentando que la cámara sí enfocaba su propiedad privada y que no se había demostrado la retirada efectiva de la cámara.

El recurso fue inadmitido debido a su extemporaneidad, ya que se presentó fuera del plazo legal de un mes desde la notificación de la resolución inicial. Además, se argumentó que la presentación de una denuncia no confiere automáticamente la condición de interesado en el procedimiento, y que el procedimiento seguido fue de apercibimiento, no sancionador, debido a la falta de infracciones graves constatadas.

La decisión final fue inadmitir el recurso de reposición, confirmando el archivo del procedimiento y la no imposición de sanción pecuniaria, ya que la retirada de la cámara se consideró suficiente para corregir la infracción.