| Resolución | REPOSICION-A-00276-2017 |
| Firmado | 2018-06-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/00276/2017, se denunció la instalación de una cámara de videovigilancia en una zona común de un edificio, sin la autorización de la comunidad de propietarios. La denuncia fue presentada por Doña B.B.B., quien alegó que la cámara, instalada por Don A.A.A., grababa imágenes del patio y de zonas de paso de los vecinos sin el consentimiento necesario.
La resolución inicial dictaminó un apercibimiento a Don A.A.A. por vulnerar el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), considerando esta infracción como grave. Sin embargo, Don A.A.A. presentó un recurso de reposición argumentando que la cámara era falsa y no realizaba ningún tratamiento de datos personales.
Tras revisar las alegaciones y la documentación presentada, se determinó que la cámara denunciada no tenía capacidad para grabar o captar imágenes, lo que significaba que no se estaba realizando ningún tratamiento de datos personales. En base a esto, se estimó el recurso de reposición, revocando el apercibimiento y dejando sin efecto la resolución inicial. La decisión se fundamentó en que, al no existir tratamiento de datos, no se había cometido la infracción denunciada, por lo que no procedía ninguna sanción.