AEPD inadmite recurso de reposición por falta de condición de interesada en caso de videovigilancia en urbanización

Resolución REPOSICION-A-00246-2017
Firmado 2018-01-15T00:00:00Z
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El recurso de reposición interpuesto por Dª E.E.E. contra la resolución que archivó el procedimiento A/00246/2017 fue inadmitido. La denunciante reclamaba la vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) debido a la instalación de un sistema de videovigilancia en una urbanización. La denuncia se centraba en la captación de vía pública, espacios comunes, vehículos y personas que transitaban por dichos espacios, así como en la falta de información adecuada sobre el ejercicio de derechos.

La resolución archivó el procedimiento al no acreditarse la vulneración de la LOPD. La denunciante alegó que los viales y espacios públicos eran municipales, respaldada por el Procurador del Común de Castilla y León. Sin embargo, la asociación de propietarios argumentó que los viales eran privados y que la instalación del sistema de videovigilancia cumplía con todas las normativas aplicables.

La inadmisión del recurso se basó en que Dª E.E.E. no tenía la condición de interesada en el procedimiento. Según la Ley del Procedimiento Administrativo Común, solo los interesados pueden interponer un recurso de reposición, y la denunciante no se había personado en el procedimiento antes de la resolución, ni se acreditó que la resolución afectara sus intereses legítimos. Por lo tanto, la resolución inadmitió el recurso y se notificó a la denunciante, poniendo fin a la vía administrativa.