| Resolución | REPOSICION-A-00236-2017 |
| Firmado | 2018-01-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La entidad Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción (FACUA) fue objeto de un procedimiento de apercibimiento debido a una infracción leve de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI). La denuncia se basó en el envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico sin ofrecer un medio sencillo y gratuito para oponerse a dichas comunicaciones, tal como exige el artículo 21.2 de la LSSI.
Los hechos probados indicaron que FACUA enviaba correos electrónicos promocionando la inscripción como socio de pleno derecho, pero el procedimiento para darse de baja implicaba perder la condición de socio, sin permitir discriminar el cese de la recepción de comunicaciones comerciales. Esto constituyó una infracción leve según el artículo 38.4.h) de la LSSI.
FACUA presentó un recurso de reposición argumentando que las comunicaciones no eran comerciales y que la denunciante podía darse de baja. Sin embargo, la resolución desestimó el recurso, ya que la entidad no había aportado nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración. Además, FACUA cumplió con el requerimiento de introducir un medio de oposición para recibir comunicaciones comerciales sin perder la condición de socio.
La resolución final desestimó el recurso de reposición y notificó a FACUA la obligación de cumplir con la normativa vigente. La entidad puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional si lo considera necesario.