AEPD confirma apercibimiento a especialista por uso indebido de datos de pacientes sin consentimiento

Resolución REPOSICION-A-00037-2018
Firmado 2018-07-03T00:00:00Z
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El procedimiento A/00037/2018 se originó debido a la denuncia presentada contra D. A.A.A. por el uso indebido de datos personales de pacientes de la clínica Doctor T. El denunciante alegó que D. A.A.A., quien prestó servicios como especialista en Endocrinología en la clínica, utilizó datos de pacientes sin su consentimiento para fines personales. Esto incluyó el envío de mensajes de texto y correos electrónicos informando a los pacientes sobre su cambio de domicilio y ofreciendo continuar con el tratamiento.

Los hechos probados indicaron que D. A.A.A. no tenía un contrato escrito con la clínica y utilizó su propio ordenador para acceder a los datos de los pacientes. La clínica había obtenido el consentimiento de los pacientes para el tratamiento de sus datos, pero D. A.A.A. no pudo acreditar que contaba con dicho consentimiento para su uso personal.

La resolución inicial determinó que D. A.A.A. había vulnerado el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, al tratar datos sin el consentimiento de los afectados, lo cual constituye una infracción grave según el artículo 44.3.d) de la misma ley. La sanción impuesta fue un apercibimiento, que es una advertencia formal sin multa económica, debido a la gravedad de los hechos y la necesidad de asegurar el cumplimiento de la normativa de protección de datos.

D. A.A.A. presentó un recurso de reposición argumentando que el procedimiento debía paralizarse debido a una querella criminal pendiente. Sin embargo, la resolución del recurso desestimó estos argumentos, confirmando que no existía identidad de hecho ni de fundamento entre la querella criminal y el tratamiento de datos personales. Por lo tanto, se mantuvo la resolución inicial, desestimando el recurso de reposición y confirmando el apercibimiento a D. A.A.A.