| Resolución | PS-00641-2022 |
| Firmado | 2023-05-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador contra CARROZADOS TECAI, S.L. se inició debido a una reclamación por la instalación de un sistema de videovigilancia que captaba la vía pública sin la debida autorización ni información adecuada. La reclamante denunció la falta de carteles informativos claros y precisos sobre el responsable del tratamiento y la dirección para ejercer derechos.
La empresa fue sancionada con una multa de 300 euros, reducida a 180 euros por el pago voluntario y reconocimiento de responsabilidad. La sanción se debió a la infracción del Artículo 13 del RGPD, que establece la obligación de informar a los afectados sobre el tratamiento de sus datos personales. Además, se ordenó a la empresa adoptar medidas para ajustar su sistema de videovigilancia a la normativa vigente, como colocar carteles informativos completos y visibles.