| Resolución | PS-00624-2022 |
| Firmado | 2023-09-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un individuo denunció a B.B.B. por la instalación de cámaras de videovigilancia que captaban imágenes de la vía pública sin la debida autorización y señalización. La denuncia se basó en la falta de carteles informativos adecuados que especificaran la identidad del responsable y los derechos de los afectados.
Se inició un procedimiento sancionador por la presunta infracción del artículo 13 del RGPD, que obliga a informar claramente sobre el tratamiento de datos personales. Aunque las cámaras no afectaban significativamente a zonas públicas, se determinó que los carteles no cumplían con los requisitos legales.
Finalmente, se impuso una multa de 300 euros a B.B.B. por no proporcionar la información completa y precisa sobre la videovigilancia, conforme a lo establecido en el artículo 83.5 del RGPD.