| Resolución | PS-00617-2022 |
| Firmado | 2024-05-28T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de Moncada fue denunciado por un participante en un proceso selectivo. El reclamante alegó que la resolución de su recurso de alzada no se le notificó de forma personal, aunque sí se publicó en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, revelando sus alegaciones, resolución y datos personales. El Ayuntamiento argumentó que la publicación obedecía a razones de publicidad y transparencia, principios rectores de la actividad pública.
Se determinó que el Ayuntamiento había vulnerado el principio de minimización de datos del RGPD al publicar actas con información detallada y personal del reclamante, accesible a cualquier persona. La publicación no consideró los riesgos para los derechos y libertades del reclamante ni ponderó adecuadamente la transparencia con la protección de datos.
Como sanción, se ordenó al Ayuntamiento eliminar las actas de su Sede Electrónica y página web, y establecer medidas para garantizar que futuras publicaciones respeten el principio de minimización de datos. La sanción se impuso por no haber adoptado medidas adecuadas para proteger los datos personales de los participantes en procesos selectivos.