| Resolución | PS-00608-2017 |
| Firmado | 2018-02-15T00:00:00Z |
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En el procedimiento sancionador PS/00608/2017, se denunció que Telefónica de España, S.A.U. había publicado información incorrecta sobre una persona en el directorio Páginas Amarillas. La denunciante, A.A.A., encontró su número de teléfono y una identidad laboral errónea (propietaria de un centro de belleza) al buscar su nombre en Google. La denunciante siempre había trabajado como maestra por cuenta ajena, por lo que la información publicada era inexacta y no correspondía a su situación real.
Tras la denuncia, se inició una investigación que reveló que Telefónica había clasificado erróneamente a la denunciante como trabajadora autónoma y con una actividad de esteticista. La empresa reconoció el error y modificó los datos en sus ficheros, cambiando la clasificación a particular y dando de baja la línea telefónica en las guías de abonados.
La infracción se consideró grave según el artículo 4.3 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos, que establece que los datos personales deben ser exactos y actualizados. La sanción propuesta inicialmente fue de 20.000 euros, pero se aplicaron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario, quedando la sanción en 12.000 euros. Telefónica procedió al pago de esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador.