| Resolución | PS-00607-2017 |
| Firmado | 2018-05-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/607/2017, se denunció que CaixaBank Payments SA (CAIXABANK P.) reclamó una deuda de 149 euros a un cliente, D.A.A., por una operación realizada con una tarjeta de crédito que había sido cancelada previamente. El cliente recibió varias cartas de reclamación y sus datos fueron incluidos en ficheros de morosidad como ASNEF, lo que le causó perjuicios significativos.
La entidad alegó que la operación se realizó antes de la cancelación de la tarjeta y que el comercio presentó incorrectamente la compensación de la operación, siguiendo la normativa VISA. Sin embargo, se determinó que CAIXABANK P. no actuó con la debida diligencia al no verificar adecuadamente la operación y al incluir erróneamente los datos del cliente en ficheros de morosidad.
Se sancionó a CAIXABANK P. por dos infracciones graves: una por no garantizar la exactitud de los datos personales (artículo 6.1 de la LOPD) y otra por incluir erróneamente al cliente en ficheros de morosidad (artículo 4.3 de la LOPD). La sanción inicial fue de 120.000 euros, pero se redujo a 96.000 euros debido al pago voluntario y la renuncia a recurrir. La entidad pagó la sanción y se procedió a la terminación del procedimiento.