AEPD sanciona a médico con 5.000 euros por vulnerar el derecho de acceso a la historia clínica de una paciente

Resolución PS-00606-2017
Firmado 2018-06-01T00:00:00Z
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La resolución del procedimiento sancionador PS/00606/2017 se refiere a una denuncia presentada por Dª C.C.C. contra el doctor D. B.B.B. La denunciante alega que, tras someterse a una intervención quirúrgica en el Hospital R.R.R. el 14 de octubre de 2014, solicitó las imágenes grabadas de la operación al doctor B.B.B. Sin embargo, el doctor le informó que había perdido los pendrives que contenían la grabación.

El doctor B.B.B. argumentó que las grabaciones se realizaban con fines científicos y docentes, y que no había obligación de entregarlas a los pacientes ni de incluirlas en su historia clínica. Además, afirmó que las grabaciones no contenían datos personales identificables y que solo él podía identificar a la paciente en las imágenes.

Durante el procedimiento, el doctor B.B.B. aportó una copia de seguridad de la grabación, lo que permitió verificar que la información estaba protegida con contraseña. Sin embargo, se determinó que no se habían adoptado todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar el acceso de la paciente a su historia clínica, lo que constituía una infracción del artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

La resolución concluyó que el doctor B.B.B. había vulnerado el principio de seguridad de los datos, impidiendo el ejercicio del derecho de acceso de la paciente a su historia clínica. Por ello, se le impuso una multa de 5.000 euros por una infracción grave tipificada en el artículo 44.3.h) de la LOPD. La sanción se justificó por la falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad adecuadas, aunque no se apreciaron beneficios obtenidos ni intencionalidad en la comisión de la infracción.