| Resolución | PS-00605-2017 |
| Firmado | 2018-03-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00605/2017, se denunció que la entidad Orange Espagne, S.A.U. había tratado datos personales sin el consentimiento del afectado, D. C.C.C. Este individuo alegó que nunca había sido cliente de la empresa y que sus datos personales fueron utilizados para dar de alta una línea fija y ADSL, además de ser incluidos en ficheros de solvencia patrimonial por una deuda que no le correspondía.
El denunciante presentó varios documentos que respaldaban su reclamación, incluyendo una denuncia policial y facturas emitidas por Orange a su nombre. La empresa, por su parte, afirmó que la contratación se había realizado mediante un proceso de SMS certificado, pero no pudo proporcionar documentación que acreditara la identidad del contratante ni las medidas tomadas para verificar el consentimiento.
Se determinó que Orange había incurrido en infracciones graves al tratar datos personales sin el consentimiento del afectado y al incluir datos inexactos en ficheros de solvencia. Estas infracciones se tipificaron según los artículos 44.3.b y 44.3.c de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
La sanción propuesta inicialmente fue de 64.000 euros, pero se aplicaron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario, lo que resultó en una sanción final de 38.400 euros. Orange procedió al pago de esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. La empresa también reconoció su responsabilidad en relación con los hechos denunciados.