| Resolución | PS-00604-2022 |
| Firmado | 2024-06-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 10 de julio de 2022, un agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Valencia fotografió con su teléfono móvil personal ambas caras del DNI de un ciudadano, a pesar de que otro agente ya había anotado sus datos. El ciudadano denunció esta acción, argumentando que fue un tratamiento excesivo de sus datos personales. El Ayuntamiento reconoció la falta y afirmó que la agente actuó así para evitar una situación conflictiva. Sin embargo, se determinó que la acción vulneró el principio de minimización de datos y las medidas de seguridad adecuadas, según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Por ello, se sancionó al Ayuntamiento y se le ordenó adoptar medidas para evitar futuras infracciones similares. La sanción se impuso debido a la falta de proporcionalidad y seguridad en el tratamiento de los datos personales del ciudadano.