| Resolución | PS-00601-2017 |
| Firmado | 2018-02-13T00:00:00Z |
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En el procedimiento sancionador PS/00601/2017, se denunció que el NIE de una persona, asociado incorrectamente a otra, fue inscrito en el fichero de solvencia patrimonial y de crédito ASNEF por Telefónica de España, S.A.U. La denunciante, Dña. C.C.C., descubrió la inclusión de su NIE en ASNEF al realizar trámites bancarios, donde se le informó de una deuda de 222,80 euros asociada a su NIE, pero a nombre de otra persona, E.E.E.
La denunciante presentó una consulta al fichero ASNEF y una denuncia ante la Guardia Civil por usurpación de identidad. Telefónica de España, S.A.U., reconoció que el error se debió a un fallo humano al registrar un pasaporte como NIE, lo que llevó a la inclusión incorrecta de los datos de la denunciante. La empresa corrigió el error y solicitó la exclusión de los datos de la denunciante del fichero ASNEF.
Se determinó que Telefónica de España, S.A.U., había cometido dos infracciones graves: tratar datos personales sin consentimiento y registrar datos inexactos en el fichero ASNEF. La sanción propuesta fue de 28.000 euros por cada infracción, totalizando 56.000 euros. Sin embargo, Telefónica de España, S.A.U., reconoció su responsabilidad y pagó voluntariamente una cantidad reducida de 33.600 euros, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador.