| Resolución | PS-00594-2022 |
| Firmado | 2023-05-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue denunciado por tener dos cámaras de videovigilancia orientadas a la vía pública sin la autorización administrativa previa ni la señalización adecuada. Esta situación ya había sido objeto de reclamaciones anteriores. Las cámaras estaban operativas y no contaban con carteles informativos, lo que vulneraba el artículo 5.1.c) y el artículo 13 del RGPD. Además, el denunciado tenía antecedentes policiales y judiciales, y las cámaras parecían utilizarse para evitar la actuación policial en actividades delictivas. Debido a la reincidencia y la falta de colaboración, se impuso una sanción de 3000 euros y se ordenó la retirada inmediata de las cámaras orientadas hacia la vía pública.