| Resolución | PS-00588-2017 |
| Firmado | 2018-02-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00588/2017, se denunció a la entidad INDUSTRIAS HOTELERAS DEL MEDITERRANEO, S.L. por la instalación excesiva y desproporcionada de cámaras de videovigilancia en distintas zonas del hotel Magic Rock Gardens. La denuncia, presentada por Don D.D.D., señalaba que no había señalización adecuada que identificara al responsable del fichero ni se recababa el consentimiento de los clientes. Además, no existían impresos informativos sobre las circunstancias del tratamiento de datos.
La entidad fue requerida a proporcionar información sobre la instalación y uso de las cámaras. En su respuesta, INDUSTRIAS HOTELERAS DEL MEDITERRANEO, S.L. explicó que las cámaras estaban destinadas a la seguridad del hotel y que había carteles informativos en lugares visibles. Sin embargo, se constató que algunas cámaras estaban ubicadas en zonas íntimas, como el gimnasio y el miniclub, lo que vulneraba la intimidad de los usuarios.
La infracción se tipificó como grave según el artículo 44.3 c) de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), por tratar datos de carácter personal con conculcación de los principios y garantías establecidos. La sanción propuesta inicialmente fue de seis mil euros, con la posibilidad de reducirla en un 20% si se reconocía la responsabilidad y se pagaba voluntariamente.
Finalmente, la entidad optó por pagar voluntariamente la sanción reducida, ascendiendo a tres mil seiscientos euros, lo que conllevó la terminación del procedimiento sancionador. Este pago implicó el reconocimiento de responsabilidad y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.