| Resolución | PS-00587-2017 |
| Firmado | 2018-03-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La Asociación Avantis Legal fue sancionada por dos infracciones graves relacionadas con el tratamiento de datos personales. Las denuncias presentadas por A.A.A. y B.B.B. alegaban que habían recibido correos electrónicos y postales reclamando el pago de servicios jurídicos que no habían contratado. Estos correos incluían enlaces a listados de personas demandadas, donde aparecían sus nombres y apellidos junto con otros datos personales.
Durante la inspección, se verificó que la entidad tenía acceso a un fichero con datos de 1003 personas, incluyendo a los denunciantes. La entidad no pudo acreditar el origen de los datos ni el consentimiento de los afectados para su tratamiento. Además, se constató que los denunciantes habían suscrito un documento llamado «Garantía del Alquiler» con la Corte Española de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad, pero este documento no informaba sobre la posible cesión de datos a despachos de abogados.
La entidad fue sancionada por dos infracciones graves:
1. **Tratamiento de datos sin consentimiento**: La entidad trató datos personales sin el consentimiento de los afectados, vulnerando el principio del consentimiento inequívoco establecido en la normativa de protección de datos.
2. **Vulneración del deber de secreto**: La entidad permitió el acceso a datos personales de terceros a través de enlaces en los correos electrónicos enviados a los denunciantes, incumpliendo el deber de secreto profesional respecto a los datos personales.
La sanción impuesta fue de 40.001 euros por cada infracción, totalizando 80.002 euros. La entidad fue notificada de la resolución y se le advirtió sobre la obligación de hacer efectiva la sanción una vez sea ejecutiva la resolución. Además, se le informó sobre los recursos que podía interponer contra la decisión.