| Resolución | PS-00586-2022 |
| Firmado | 2023-05-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. denunció a Fusiona Soluciones Energéticas, S.A. por incluir sus datos personales en sistemas de información crediticia en relación con una deuda asociada a un contrato que no realizó. La reclamación se basó en una sentencia judicial que absolvió al reclamante de todas las pretensiones contra él y en un informe de ASNEF que confirmaba la inclusión de sus datos.
La empresa no respondió a los requerimientos de información, lo que se consideró una infracción del artículo 6.1 del RGPD, que establece que el tratamiento de datos debe ser lícito. La sanción impuesta fue de 50.000 euros debido a la gravedad de la infracción y la vinculación de la actividad empresarial de la reclamada con el tratamiento de datos personales.