La AEPD multa con 1.000 euros a un establecimiento por falta de información en videovigilancia y ausencia de Registro de Actividades de Tratamiento

Resolución PS-00586-2021
Firmado 2022-06-03T00:00:00Z
Enlace 📋

El establecimiento ***ESTABLECIMIENTO.1, ubicado en ***LOCALIDAD.2, fue denunciado por la Guardia Civil por incumplir la normativa de protección de datos. La denuncia se basó en dos puntos: la falta de un cartel informativo en la zona de videovigilancia y la ausencia de un Registro de Actividades de Tratamiento para el sistema de cámaras de seguridad. El establecimiento no presentó alegaciones ni pruebas durante el procedimiento sancionador. Se determinó que la falta de cartel informativo vulnera el artículo 13 del RGPD, que obliga a informar a los afectados sobre el tratamiento de sus datos personales. Por ello, se impuso una multa de 1.000 euros y se ordenó la colocación de un dispositivo informativo visible en las zonas videovigiladas.