| Resolución | PS-00579-2022 |
| Firmado | 2023-11-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador contra ENDESA ENERGÍA, S.A.U. se inició debido a una reclamación presentada por un cliente que denunció un cambio no autorizado en su contrato de suministro eléctrico. El cliente alegó que no había solicitado ni autorizado el cambio, y que el nuevo contrato se había realizado a nombre de su padre fallecido. La empresa fue acusada de no verificar adecuadamente la identidad del solicitante, lo que vulneraba el principio de licitud en el tratamiento de datos personales según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La propuesta de resolución incluía una multa de 70.000 euros, reducible a 56.000 euros si se pagaba voluntariamente antes de la resolución final. La empresa optó por pagar la sanción reducida, lo que llevó a la terminación del procedimiento sin necesidad de una resolución judicial. Este pago implicó la renuncia a cualquier recurso administrativo contra la sanción.