| Resolución | PS-00576-2022 |
| Firmado | 2023-05-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión sanciona a A.A.A. por no cumplir con las medidas ordenadas previamente, relacionadas con la instalación de una cámara de videovigilancia. La denuncia original se centraba en que la cámara captaba imágenes de un camino de tránsito público y de la vivienda de la parte reclamante, lo cual se consideró una captación desproporcionada. A.A.A. fue requerido en varias ocasiones para retirar o reorientar la cámara, pero no cumplió con estas órdenes. La sanción impuesta es una multa de 600 euros, además de un nuevo requerimiento para que adopte las medidas correctivas en un plazo de 10 días hábiles. La decisión se basa en el incumplimiento del artículo 58.2 del RGPD, que obliga a ajustar las operaciones de tratamiento de datos a la normativa vigente.