BBVA sancionado con 36.000 euros por mantener datos inexactos en fichero de solvencia tras cumplimiento de convenio por cliente

Resolución PS-00555-2017
Firmado 2018-04-13T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00555/2017, se denunció que el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) mantuvo los datos de un cliente en el fichero de solvencia patrimonial y crédito BADEXCUG, incluso después de que el cliente hubiera cumplido íntegramente con el convenio aprobado en su concurso de acreedores. El denunciante, D.D.D., presentó documentación que demostraba el cumplimiento del convenio y la conclusión del concurso, pero sus datos seguían apareciendo en el fichero hasta agosto de 2017.

La denuncia se basó en que BBVA no actualizó los datos del cliente, lo que podría constituir una infracción del artículo 4.3 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Este artículo establece que los datos personales deben ser exactos y actualizados para reflejar la situación real del afectado. Además, el artículo 29.4 de la misma ley indica que los datos adversos no pueden mantenerse por más de seis años si no responden a la situación actual del interesado.

BBVA fue notificada del inicio del procedimiento sancionador y se le otorgó un plazo para formular alegaciones y proponer pruebas. La entidad reconoció su responsabilidad y optó por pagar voluntariamente la sanción propuesta, lo que implicó una reducción del 20% sobre el importe inicial. La sanción final se estableció en 36.000 euros, y este pago llevó a la terminación del procedimiento sancionador.

La decisión de sancionar a BBVA se fundamentó en la permanencia prolongada de datos inexactos en el fichero de solvencia, lo que afectaba negativamente la reputación crediticia del denunciante. La entidad fue considerada responsable por no actualizar los datos a pesar de tener conocimiento del cumplimiento del convenio por parte del cliente.