AEPD sanciona a Orange con 120.000 euros por tratar datos personales sin consentimiento en contrataciones fraudulentas

Resolución PS-00553-2017
Firmado 2018-02-15T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/553/2017, se denunció a la entidad ORANGE por haber tratado datos personales sin el consentimiento de los afectados. Cuatro individuos (Dª. A.A.A., D. B.B.B., Dª. C.C.C. y D. D.D.D.) presentaron denuncias alegando que ORANGE había realizado contrataciones fraudulentas a su nombre, incluyendo la compra de terminales móviles y la activación de líneas telefónicas sin su autorización.

Los denunciantes proporcionaron documentación que respaldaba sus afirmaciones, como denuncias ante la Policía Nacional, reclamaciones en organismos de consumo y facturas correspondientes a las contrataciones no autorizadas. ORANGE, por su parte, argumentó que las contrataciones se realizaron a través de su página web y que se habían implementado medidas para validar la identidad de los contratantes. Sin embargo, no pudo aportar pruebas suficientes que demostraran que los denunciantes habían realizado efectivamente las contrataciones o que se habían seguido los protocolos de verificación adecuadamente.

La entidad fue acusada de vulnerar el principio de consentimiento inequívoco establecido en la normativa de protección de datos, lo cual constituye una infracción grave. Se propuso una sanción de 200.000 euros, considerando criterios agravantes como la continuidad de la infracción, el volumen de negocio de la empresa y la falta de diligencia en la gestión de datos personales. También se tuvieron en cuenta criterios atenuantes, como la regularización diligente de las situaciones fraudulentas una vez notificadas.

Finalmente, ORANGE reconoció su responsabilidad y procedió al pago voluntario de la sanción, reducida a 120.000 euros debido a las reducciones aplicables por el reconocimiento de responsabilidad y el pago anticipado. Este pago implicó la terminación del procedimiento sancionador.