| Resolución | PS-00545-2022 |
| Firmado | 2023-06-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. denunció a D. B.B.B. por la instalación de un sistema de videovigilancia en el exterior de su vivienda, que afectaba la intimidad de los viandantes y de su familia. Las cámaras estaban orientadas a la vía pública y se utilizaron imágenes obtenidas para difundirlas a terceros. La parte reclamada alegó que las cámaras se instalaron debido a problemas de seguridad y que estaban debidamente señalizadas. Sin embargo, se determinó que las cámaras captaban una porción excesiva de la vía pública, incumpliendo el principio de proporcionalidad y afectando la intimidad de terceros. Por ello, se impuso una multa de 300 euros y se ordenó la reorientación o retirada de las cámaras para que solo captaran su propiedad.