| Resolución | PS-00541-2024 |
| Firmado | 2025-10-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de Calpe fue denunciado por la publicación en su tablón de anuncios de datos personales de un ciudadano, incluyendo su nombre y apellidos, en el contexto de un proceso selectivo. La denuncia alegaba que esta acción vulneraba el principio de minimización de datos establecido en el artículo 5.1 c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya que no existía una habilitación legal que justificara la divulgación de estos datos.
El procedimiento sancionador se inició tras la reclamación del afectado, quien argumentó que sus datos personales fueron expuestos innecesariamente en un edicto público. El Ayuntamiento no respondió al requerimiento de información, lo que llevó a la apertura del procedimiento sancionador.
El Ayuntamiento reconoció su responsabilidad y adoptó medidas para corregir la infracción, ajustando sus publicaciones futuras a la normativa de protección de datos. La resolución del procedimiento sancionador se basó en este reconocimiento de responsabilidad y en la adopción de medidas correctivas por parte del Ayuntamiento.
La sanción no se impuso debido a que el Ayuntamiento reconoció su responsabilidad dentro del plazo concedido y adoptó las medidas necesarias para evitar futuras infracciones. La resolución declaró la infracción y ordenó al Ayuntamiento ajustar sus prácticas a la normativa de protección de datos, asegurando que no se vuelvan a producir hechos similares.